El ascensor en comunidades de vecinos es una necesidad para los residentes que se encuentran en las plantas superiores… Especialmente para las personas de movilidad reducida, discapacitados y mayores de 70 años. Si eres el gestor de un edificio sin accesibilidad para todos, plantéate esta gran mejora. Te explicamos todos los pasos, para orientarte.
Es importante saber que instalar un ascensor en comunidades de vecinos es obligatorio y no necesita votación. Esto es así cuando el solicitante es discapacitado, mayor de 70 años o una persona con movilidad reducida. Como podrás imaginar, esta obligatoriedad se sustenta en las normativas vigentes; la Ley de la Propiedad Horizontal en su artículo 10, por ejemplo. Ahora bien, en ocasiones lo solicitan otros vecinos y es que en realidad también lo pueden hacer.
Así es, cabe la posibilidad de que el solicitante sea un vecino sin estas necesidades específicas y entonces sí debe reunirse el vecindario y votar si instalar un ascensor en el edificio. A continuación te orientamos sobre los pasos a seguir en cada uno de estos supuestos.
El primer paso es convocar y realizar una junta de vecinos, para comunicar a todos esta petición: debemos instalar un ascensor en el edificio para eliminar las barreras arquitectónicas que dificultan a un vecino la accesibilidad.
Como responsable o gestor de esta Junta de vecinos (si lo eres) debes aportar la siguiente información:
En este punto, debes saber que existe una excepción bien lógica para esta obligación de instalar y pagar entre todos el ascensor en comunidades: si el coste del ascensor supera un límite, entonces deberá votarse. Te recomendamos la lectura de este artículo donde conocerás todos los detalles de este límite y sus posibles soluciones.
Cuando pasa esto, los propietarios deben votar en convocatoria de la junta de vecinos; si el resultado es el 51 % o más (Art. 17 Ley Propiedad Horizontal), el proyecto sale adelante.
Esta situación puede darse, obviamente y aquí cabe que tengas en cuenta que es muy recomendable tener un ascensor. ¿Por qué? Las razones son diversas, pero es importante que el vecindario valore las grandes ventajas que tiene poner un ascensor:
Realmente no es un gasto, sino una inversión muy conveniente, que interesa a todos.
Tanto si la decisión es automática como si se ha sometido a una votación, ha llegado el momento de dirigirse a una empresa de ascensores de confianza. Este es un punto importante de los pasos a seguir, porque acertar con los profesionales que hagan la obra, acaba resultando clave. Nosotros siempre te vamos a recomendar que estudies bien este paso; la empresa elegida debe poder proporcionarte todas las facilidades.
Es básico en la etapa de elección de materiales y diseño, así como en el traslado de materiales y profesionales. Además, representa una activación de las empresas, en este caso de nuestro territorio, Castellón, Valencia y Alicante. Asimismo, la comunicación entre los portavoces del edificio y la constructora de ascensores en comunidades, será fluida, cercana y eficiente.
Cabe remarcar, también, que esta proximidad se traduce en costes de transporte más reducidos.
Esto significa que la empresa de confianza que hayáis elegido se encargará de todo, desde la primera gestión:
En Pemih Elevadores estamos a tu disposición para la instalación de ascensores en comunidades. Te ofrecemos las máximas garantías gracias a la larga trayectoria de nuestra empresa en el sector. Entregamos nuestros ascensores construidos a medida, “llave en mano” para que tu edificio disfrute de esta mejora de accesibilidad de forma práctica y segura.
Pide presupuesto en nuestra web o ven a visitarnos a nuestras instalaciones, en Castellón o Valencia. Estaremos encantados de atender todas tus dudas e inquietudes y hacer realidad la instalación del ascensor ideal para tu edificación.